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    Condiciones generales de servicio de MEIKO Maschinenbau GmbH & Co KG y de los representantes de MEIKO mencionados en el § 13

    Ola

    Condiciones generales de servicio de MEIKO Maschinenbau GmbH & Co KG y de los representantes de MEIKO mencionados en el § 13

    § 1 Ámbito de aplicación
    (1)    Estas condiciones de servicio (CS) son de obligado cumplimiento para todos los contratos que tengan por objeto la realización de trabajos de reparación y mantenimiento. Las CS se aplican solo si el cliente es empresario (art. 14 Código Civil alemán), una persona jurídica de derecho público nacional o extranjera, o un patrimonio especial de derecho público.
    (2)    Las CS se aplican en su versión respectiva como acuerdo marco también para futuros contratos para realización de trabajos de reparación y mantenimiento con los mismos clientes, sin que tengamos que mencionarlas otra vez en cada caso concreto.
    (3)    Nuestras CS se aplican con carácter exclusivo. Las condiciones de compra distintas, opuestas o complementarias, o condiciones generales de negocio del cliente solo serán parte integrante del contrato si hemos confirmado por escrito y expresamente su validez. Esta exigencia de confirmación se aplica en cualquiera de los casos, por ejemplo, también si ejecutamos sin reservas el suministro o reparación conociendo las condiciones del cliente.

    § 2 Ofertas y formalización del contrato
    Nuestras ofertas son sin compromiso y no vinculantes. El pedido de trabajos de reparación y mantenimiento por el cliente se considera una proposición de contrato vinculante. En tanto que del pedido no se derive otra cosa, podremos aceptar esta proposición de contrato en 2 semanas tras su recepción. La aceptación se puede hacer por escrito (p. ej. con confirmación del encargo), o mediante la realización de los trabajos de reparación y mantenimiento.

    § 3 Contenido del contrato
    (1)    Solo el contrato formalizado por escrito, incluyendo estas CS, determina las relaciones legales entre nosotros y el cliente. El mismo incluye todos los acuerdos completos entre las partes contratantes sobre el objeto contractual. Las confirmaciones que hayamos hecho oralmente antes de formalizar este contrato no son legalmente vinculantes y solo serán válidas si se confirman por escrito al formalizar el contrato en papel.
    (2)    Nuestros datos sobre el objeto de la prestación (p. ej. peso, dimensiones, valores de uso, capacidad de carga, tolerancias y datos técnicos), así como nuestras representaciones de los mismos (p. ej. planos y figuras), solo serán determinantes de forma aproximada, siempre que la aplicabilidad al fin previsto contractualmente no presuponga una coincidencia exacta. Las desviaciones habituales en el mercado y las que se deriven de prescripciones legales o supongan mejoras técnicas, así como la sustitución de partes constructivas por partes equivalentes, estarán autorizadas en tanto no comprometan la aplicabilidad para el fin previsto por contrato.

    § 4 Obligaciones del cliente en contratos de reparación y mantenimientoEl lugar de realización de la reparación o mantenimiento debe ser accesible en la fecha acordada. Los costes que se deriven de la presencia de eventuales obstáculos serán a cargo del cliente. Durante el periodo de realización de los trabajos de reparación y mantenimiento, el cliente o un representante autorizado por él estarán a disposición como interlocutores. El cliente debe adoptar todas las medidas necesarias para la correcta protección de personas y bienes en el lugar, e instruir a nuestros montadores del servicio al cliente sobre todas las prescripciones de seguridad aplicables, siempre que las mismas sean de interés para la intervención. El cliente es responsable del control y cumplimiento de las prescripciones de seguridad. En tanto que sean precisas autorizaciones de terceros para hacer los trabajos de reparación y mantenimiento, el cliente deberá contar con las mismas antes de que comiencen los trabajos que se nos encomiendan.

    § 5 Precios para reparaciones y trabajos de mantenimiento; pago
    (1) a) Los precios para reparaciones se descomponen como sigue:
    .    Importe global base según distancia (km, zona)
    .    Tasa por hora
    .    Costes de piezas de repuesto
    .    Suplementos por trabajos fuera del horario laboral normal
    .    Gastos extra por deseo del cliente
    El importe se deriva del encargo acordado en cada caso con el cliente.
    b) Los precios para trabajos de mantenimiento se aplican según acuerdo. En tanto que no se excluyan de forma expresa en casos concretos, se aplicarán de forma complementaria las tasas mencionadas previamente en a).
    (2)    Las facturas se emitirán en euros. Se aplican los precios de nuestras listas de precios en vigor en el momento de la formalización del contrato, en especial nuestra lista de precios de piezas de repuesto.
    (3)    En principio todos los precios son netos y deben pagarse sin deducción (p. ej. descuentos) en el plazo de pago acordado. Si no se acuerda otra cosa por escrito, todos los pagos deben hacerse en 10 días desde la fecha de la factura. Como muy tarde al finalizar dicho plazo de pago el cliente estará en demora.
    (4)    Podremos realizar o entregar los suministros o servicios todavía pendientes exclusivamente con pago previo o garantías, si tras la formalización del contrato nos constan evidencias que hacen dudar de la solvencia del cliente. Si el cliente no hace el pago previo o no brinda garantías suficientes en un plazo adecuado que determinemos, podremos rescindir el contrato y pedir una indemnización por daños y perjuicios por incumplimiento.
    (5)    El cliente solo tendrá derecho a compensación o retención si su reclamación es respaldada por una sentencia o es incuestionable. En caso de defectos en el suministro, el § 8 apartado 4 no se ve afectado.

    § 6 Lugar de cumplimiento, cesión de riesgos, costes de aseguramiento
    (1)    El lugar de cumplimiento de todas las obligaciones derivadas de la relación contractual es Offenburg (código postal 77652, Alemania), si no se acuerda otra cosa.
    El suministro de las mercancías se hace EXW según INCOTERMS 2010, si no se acuerda otra cosa.
    (2)    El riesgo de un posible deterioro y de una posible degradación de la mercancía pasa al cliente como muy tarde con la entrega. La entrega no se altera si el cliente se retrasa en la aceptación. En caso de venta a distancia, el riesgo de posible deterioro y posible degradación de la mercancía, así como el riesgo de demora se transfieren ya en el momento en el que MEIKO comunica al cliente por escrito la disponibilidad para el envío, o como muy tarde con la entrega de la mercancía a la persona que será responsable del envío. Lo mismo se aplica para envíos parciales.
    (3) MEIKO asegurará el envío a cargo del cliente frente a daños por rotura, transporte, fuego y agua, lo que supondrá un 0,5 % del importe de facturación.

    § 7 Plazo para realización de trabajos de reparación y mantenimiento
    (1)    El plazo de suministro se acordará de forma individual o bien por nosotros al aceptar el pedido.
    (2)    El momento a partir del cual estemos en retraso se determinará según la normativa vigente. En todo caso es precisa una amonestación por parte del cliente. No garantizamos que se pueda prestar el servicio o que no haya retrasos en el suministro, si ello es debido a fuerza mayor o a otros sucesos no previsibles en el momento de la formalización del contrato y de los que no podemos responder (p. ej. averías de funcionamiento de todo tipo, dificultades de aprovisionamiento de material o energía, retrasos en el transporte, huelgas, falta de mano de obra, energía o materias primas, falta de autorización o dificultades en la obtención de las licencias administrativas precisas, en especial de autorizaciones de exportación, medidas de las autoridades, o suministro pendiente, incorrecto o fuera de plazo por proveedores).
    (3)    Si no podemos respetar las fechas vinculantes (no disponibilidad del servicio) por razones que no son responsabilidad nuestra, informaremos de inmediato al cliente al respecto y al mismo tiempo le comunicaremos una nueva fecha previsible. Si tampoco podemos prestar el servicio en la fecha prevista, podremos rescindir total o parcialmente el contrato; si el cliente ya ha pagado una contraprestación la reembolsaremos de inmediato. No se ven afectados nuestros derechos legales de rescisión ni las prescripciones legales sobre desarrollo del contrato en caso de exclusión de la obligación de prestar el servicio (p. ej. imposibilidad o inadmisibilidad del servicio y/o cumplimiento posterior). Tampoco se ven afectados los derechos de rescisión del cliente según § 8 de estas CS.
    (4)    Si el cliente incurre en demora en la aceptación, no coopera en algo esencial o nuestro suministro se retrasa por otros motivos que sean responsabilidad del cliente, podremos pedir compensación por los daños originados, incluyendo gastos adicionales, sobre todo por costes de almacenamiento. Por ello facturaremos una compensación global del 0,5 % del importe de facturación por semana/mes, comenzando un mes tras la comunicación de la disponibilidad para envío de la mercancía. Se reserva el derecho de demostrar un daño mayor, así como nuestros derechos legales (sobre todo indemnización de gastos adicionales, compensación adecuada, rescisión); pero el importe global se descontará de otras reclamaciones económicas globales. El cliente podrá demostrar que no se nos ha originado ningún daño o solo uno mucho menor que dicho importe global.

    § 8 Responsabilidad por defectos
    (1)    Para contratos de reparación y mantenimiento se aplica el concepto legal de defectos. Las partes sustituidas serán de nuestra propiedad.
    (2)    Los defectos que aparezcan tras trabajos de reparación y mantenimiento deben comunicársenos de inmediato y por escrito, con una descripción detallada del supuesto defecto. Se considerará que la indicación se ha hecho de inmediato si se comunica en 5 días laborales, para lo que basta el envío a tiempo de la indicación para respetar el plazo.
    (3)    Si el cliente omite el oportuno examen y/o indicación de defectos, quedará excluida toda responsabilidad por nuestra parte relativa a los defectos no indicados.
    (4)    Si hay un defecto del que seamos responsables y que ha sido comunicado en plazo, podremos elegir según nuestro parecer entre mejora (subsanación de defectos) o suministro de repuesto, para satisfacer la demanda de cumplimiento posterior del cliente. En especial no nos responsabilizamos de defectos que se origen por negligencia, manipulación incorrecta por el cliente, solicitación excesiva o por no respetar los trabajos de mantenimiento, cuidado y limpieza que hemos prescrito. Asimismo, tampoco respondemos si el aparato, antes de la realización de los trabajos de reparación y mantenimiento que se nos encomiendan, se reparó o fue objeto de mantenimiento por una empresa no autorizada por nosotros o por el propio cliente, o si en el aparato se han montado piezas de repuesto que no hemos autorizado. Si exclusivamente de acuerdo con el cliente solo se hizo una reparación provisional, no respondemos de defectos en nuestro servicio que aparezcan después de la situación provisional.
    (5)    Podremos condicionar el cumplimiento posterior debido a que el cliente satisfaga las deudas pendientes. Aunque el cliente podrá retener una parte adecuada de la deuda según el defecto.
    (6)    Asumiremos los gastos necesarios para comprobación y cumplimiento posterior, en especial los costes de transporte, peajes, trabajos y material, si realmente hay un defecto. Pero si la solicitud de subsanación de defecto por parte del cliente no tiene razón de ser, podremos reclamar al cliente los costes que se nos hayan generado por este motivo.
    (7)    Los derechos del cliente a indemnización por daños y perjuicios o compensación de gastos innecesarios solo existirán en la medida estipulada en el § 9 y quedan excluidos en otros casos.

    § 9 Otras responsabilidades
    (1)    En tanto que de estas CS incluyendo las siguientes disposiciones no se deduzca otra cosa, respondemos del incumplimiento de las obligaciones contractuales y extracontractuales según prescripciones legales aplicables.
    (2)    Respondemos de indemnización por daños y perjuicios (da igual por qué motivo legal) en caso de engaño y negligencia grave. En caso de negligencia leve solo respondemos de a) daños por lesiones corporales (incluyendo muerte) o afecciones a la salud, b) por daños por incumplimiento de una obligación esencial del contrato (obligación cuya ejecución permite realizar debidamente el contrato y de cuyo cumplimiento el socio contractual confía y puede confiar normalmente); en este caso nuestra responsabilidad estará no obstante limitada a la indemnización por el daño previsible que aparece de forma típica.
    (3)    Las limitaciones de responsabilidad derivadas del párr. (2) no se aplican si hemos silenciado un defecto de forma dolosa, o hemos asumido una garantía relativa a la naturaleza de la mercancía. Las limitaciones de responsabilidad según párr. (2) no se aplican además para reclamaciones del cliente según la Ley de Responsabilidad de Producto.
    (4)    Por un incumplimiento de obligaciones que no consista en un defecto, el cliente solo podrá rescindir si somos responsables del incumplimiento de la obligación. Por lo demás se aplican los presupuestos legales y consecuencias jurídicas.
    (5)    Las presentes exenciones y limitaciones de responsabilidad se aplican con el mismo alcance en beneficio de nuestros empleados, trabajadores, colaboradores, representantes y auxiliares.

    § 10 Prescripción
    En discrepancia con el art. 634a párr. 1 n.º 1 del Código Civil alemán (BGB según sus siglas en alemán), el plazo general de prescripción para reclamaciones por defectos tanto materiales como jurídicos es de 1 año tras la cesión de riesgos o recepción, siempre y cuando no se incurra en ninguno de los supuestos del art. 634a párrafo I n.º 2 del BGB. Los anteriores plazos de prescripción se aplican también para indemnizaciones por daños y perjuicios del cliente, de carácter contractual y extracontractual, que se deban a un defecto de la mercancía, a no ser que la aplicación de la prescripción legal habitual (arts. 195, 199 BGB) suponga una prescripción más corta en un caso concreto. Los plazos de prescripción de la Ley de Responsabilidad de Producto no se ven afectados en ningún caso. No obstante, para reclamaciones de indemnización por daños y perjuicios del cliente según el § 9 se aplican solo los plazos legales de prescripción.

    § 11 Reserva de la propiedad
    (1) La mercancía suministrada (mercancía sujeta a reserva) sigue siendo propiedad de MEIKO hasta que se hayan satisfecho todas las deudas actuales o futuras del cliente para con MEIKO. Si el cliente no cumple el contrato (sobre todo si se retrasa con los pagos) MEIKO podrá retirar la mercancía sujeta a reserva tras determinar un plazo adecuado para los trabajos. Los costes de transporte originados por la retirada correrán a cargo del cliente. Si MEIKO retira la mercancía sujeta a reserva o la embarga, esto supondrá una rescisión del contrato. La mercancía sujeta a reserva retirada por MEIKO podrá ser aprovechada por MEIKO. El beneficio del aprovechamiento será descontado de los importes que el cliente debe a MEIKO, una vez que MEIKO haya deducido un importe adecuado por los costes del aprovechamiento.
    (2)    El cliente debe asegurar la mercancía sujeta a reserva (corriendo él con los gastos) frente a fuego, agua y robos, según el valor original.
    (3)    

    1. El cliente puede usar la mercancía sujeta a reserva y cederla en una operación comercial ordinaria, siempre que no se encuentre en demora con los pagos. No obstante, no podrá empeñar la mercancía sujeta a reserva ni traspasarla a modo de garantía. El cliente cede desde ahora a MEIKO, por completo y a modo de garantía, las exigencias de pago del cliente a sus compradores por una venta posterior de la mercancía sujeta a reserva y las exigencias del cliente relativas a dicha mercancía para su comprador o terceros que se generen por otro motivo legal (sobre todo exigencias por manipulación no autorizada y exigencias por aseguramiento), incluyendo todos los saldos deudores de cuenta corriente. MEIKO acepta dicha cesión.

    El cliente podrá cobrar estas deudas cedidas por sí mismo, en su propio nombre y para MEIKO, en tanto que MEIKO no anule esta autorización. El derecho de MEIKO a cobrar estas deudas por sí mismo no se verá afectado por ello, en todo caso MEIKO no hará valer por sí mismo las exigencias ni anulará la autorización de cobro siempre que el cliente cumpla con sus obligaciones de pago correctamente. Pero si el cliente incumple el contrato (sobre todo si está en demora), MEIKO podrá exigirle que informe sobre las exigencias de pago cedidas y deudores respectivos, que informe a los deudores respectivos sobre la cesión y que facilite a MEIKO toda la documentación y datos que MEIKO pueda necesitar para ejercer sus derechos.
    (4)    Si se procesa o modifica la mercancía sujeta a reserva por parte del cliente, estas operaciones se harán siempre para MEIKO. Si la mercancía sujeta a reserva se procesa con otros bienes que no pertenecen a MEIKO, MEIKO adquirirá la copropiedad del nuevo objeto según la proporción del valor de la mercancía sujeta a reserva (total de factura incl. impuesto sobre facturación) respecto a los otros bienes procesados, en el momento de la elaboración. Por lo demás se aplica lo mismo para el nuevo objeto generado por el procesado que para la mercancía sujeta a reserva.
    Si la mercancía sujeta a reserva se une o mezcla de forma no separable con otros bienes que no pertenecen a MEIKO, MEIKO adquirirá la copropiedad del nuevo objeto según la proporción entre el valor de la mercancía sujeta a reserva (total de factura incl. impuesto sobre facturación) y el resto de bienes unidos o mezclados, en el momento de la unión o mezcla. Si la mercancía sujeta a reserva se combina o mezcla de tal manera que el artículo del cliente deba considerarse como el objeto principal, tanto el cliente como nosotros mismos acordamos desde este momento que el cliente nos transmitirá la copropiedad de este objeto en la proporción aplicable. MEIKO acepta dicha transmisión. 
    La propiedad exclusiva o copropiedad así generada de un objeto será custodiada por el cliente para MEIKO. 
    La propiedad exclusiva o copropiedad así generada de un objeto será custodiada por el cliente para MEIKO.
    (5)    En caso de embargo de la mercancía sujeta a reserva por terceros o ante otras intervenciones de terceros, el cliente deberá informar sobre la propiedad de MEIKO, e informar por escrito y sin dilación para que MEIKO pueda hacer valer sus derechos de propiedad. Si los terceros no pueden compensar a MEIKO los costes judiciales o extrajudiciales generados en este contexto, el cliente correrá con ellos.
    (6)    Si el cliente así lo exige, MEIKO estará obligado a liberar las garantías para MEIKO en la medida en la que su valor realizable supere el valor de las exigencias pendientes de MEIKO para con el cliente en más de 10 %. MEIKO puede no obstante para ello elegir qué garantías se liberarán.

    § 12 Disposiciones finales

    Para estas CS y para todas las relaciones legales entre nosotros y el cliente se aplica el derecho de la República Federal Alemana. El único tribunal competente para todo litigio derivado directa o indirectamente de la relación contractual es Offenburg en Alemania. Aunque también podremos presentar una demanda en la jurisdicción general del cliente.
    Aviso sobre protección de datos: El cliente está informado de que almacenamos datos de la relación contractual según el art. 28 de la Ley Federal de Protección de Datos, para procesamiento de datos, y de que nos reservamos el derecho de transferir dichos datos a terceros si fuera preciso para el cumplimiento del contrato.

    § 13 Validez de las CS para clientes de representantes de MEIKO

    Estas CS son también la base para todos los contratos según su § 1 apartado 1, que formalicen los siguientes representantes de MEIKO con sus clientes:

    Meiko Werksvertretung Berlin GmbH,
    Meiko Werksvertretung Dresden / Leipzig GmbH,
    Meiko Werksvertretung Hannover GmbH,
    Meiko Werksvertretung Hamburg GmbH,
    Meiko Werksvertretung Nordbayern GmbH,
    Meiko Werksvertretung München GmbH,
    Meiko Werksvertretung Rheinland GmbH,
    Meiko Werksvertretung Rhein-Main GmbH,
    Meiko Werksvertretung Stuttgart GmbH,
    Meiko Werksvertretung Südwest GmbH

    Redacción febrero de 2018